El Criterio 03/17 del INAI explicado con animales

El hecho de que el Código Penal de Sonora diga que se castigará a quien maltrate o asesine a un animal no es sinónimo de que podamos saber qué tipo de animales han sido maltratados y tampoco qué tipo de personas -hombres o mujeres- son los que han sido denunciados por este delito.

Para explicar lo anterior hoy escribiré sobre ese tema y también les hablaré sobre el Criterio 03/17 del Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y del artículo 13 de los Lineamientos Generales para el Acceso a la Información Pública en el Estado de Sonora.

Veamos: El año pasado realicé a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora la siguiente pregunta: Solicito conocer el número de carpetas de investigación que se han abierto por maltrato animal en Sonora a partir de que esto ingresó en el código penal del estado. Requiero un listado que especifique número de denuncias, tipo de delito, víctima (gato, perro, ave, etcétera) y sexo y edad del inculpado. La información deberá entregarse desglosada por año y municipio.”

Mi idea era hacer una radiografía de los animales maltratados y perfilar también cuál es el tipo de persona que lesiona, tortura y hasta asesina animales. 

Aquí quiero destacar que, dado que en Sonora tenemos un Ministerio Público enfocado en abigeato, de entrada yo ya sabía que la información que me entregarían no incluiría especies conocidas como ganado. Creí que abría gatos, perros, tortugas, pericos..

Entonces recibí la respuesta: De enero a julio de 2021 la Fiscalía de Sonora abrió 30 investigaciones por diferentes delitos relacionados al maltrato animal; hay casos desde lesiones que no ponen en riesgo la vida hasta causarles la muerte, pasando por tortura, brutalidad, agonía y hasta celebración de ritos.

Fuente: solicitud folio 01138121.

Derivado de esas 30 denuncias la Fiscalía abrió expediente a 26 personas en diferentes municipios del estado, siendo Hermosillo la ciudad con mayor número de casos como podemos observar:

Fuente: solicitud folio 01138121

Con los datos me llamó la atención que en lo entregado por la Fiscalía resultó imposible que especificaran que tipo de animales han sido maltratados, pues al no contar con la información aplica el Criterio 03/27 del INAI el cual dice que: “No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. 

Tampoco pudieron especificar si los maltratadores son hombres o son mujeres, pues como podemos ver solo en 11 de los 26 expedientes se sabe el sexo del imputado y el resto entran en la categoría de “no se especifica”.

En síntesis el Criterio 03/27 del INAI se refiere a que las oficinas públicas deben de proporcionar a los solicitante los documentos que se encuentren en sus archivos y que en caso de que no los tengan no están obligados a recabarlos para uno.

En el mismo sentido hicieron hincapié el artículo 13 de los Lineamientos Generales para el Acceso a la Información Pública en el Estado de Sonora, el cual que señala lo mismo pero con otras palabras: “por regla general, la solicitud de información no trae como consecuencia generar nuevos documentos, sino reproducir los ya existentes” 

En el mundo del Acceso a la Información Pública tanto el Criterio 03/27 del INAI es un lugar muy común en el que podemos caer.

Claro que existen otras maneras de conseguir la información, por ejemplo, si yo hago la misma pregunta pero al Poder Judicial el Estado de Sonora, pero para conocer en número de sentencias dictadas por este delito, entonces yo ya podría cruzar los datos y saber: a) del total de denuncias recibidas por la FGJE ¿cuántas procedieron? ¿cuántas fueron a hombres? ¿cuántas fueron a mujeres? ¿se dictó prisión o no? así como otros aspectos.

¿Qué preguntar, cómo y a quién?

Por eso mi recomendación personal a la hora de investigar estos temas es siempre realizar el mismo cuestionamiento a ambas instancias.. y si quieren un plus comiencen con la policía municipal para saber cuántos casos fueron atendidos por los agentes en un mismo lapso y si quieren otro plus ¿por qué no preguntar a la Secretaría de Seguridad Pública cuántas llamadas recibieron en ese mismo tiempo pero al 911 correspondientes a personas que reportaron maltrato animal y si se referían a hombres o a mujeres?

Así considero que sí se podría perfilar a los maltratadores de animales y cruzando datos.. claro también consultando a expertos como un veterinario que haya atendido estos temas, un psicólogo para que nos explique qué pasa por la cabeza de estas personas y por su puesto que los rescatistas de animales, pues es gracias a ellos y al gran trabajo que realizan desde la sociedad civil que estos temas llegan al Congreso del Estado como iniciativa de Ley hasta poder incluirse en el Código Penal. A toda la gente que lucha todos los días por los derechos de los animales mi admiración y respeto.

Publicado por Priscila Cárdenas

Reportera sonorense.

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